Soya
Entran en la norma las habas de soya (1201 90 00, excepto las de siembra), la harina (1208 10), el aceite (1507) y las tortas (2304).
Si exportas habas, harina, aceite o tortas de soya, tu comprador europeo te va a pedir el cultivo de origen de cada lote.
Cifras con fuente
30 de diciembre de 2026 y 30 de junio de 2027
fechas de aplicación para grandes y medianas, y para micro y pequeñas empresas.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1115, artículo 38.
Qué productos entran
Anexo I del Reglamento:
- 1201 90 00: habas de soya (soja), incluso quebrantadas.
- 1208 10: harina y sémola de habas de soya.
- 1507: aceite de soya y sus fracciones.
- 2304: tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soya.
- La soya para siembra (1201 10) no entra.
Cómo es la cadena México → UE
Productor. Cultiva soya en la parcela de origen.
Acopio. Centro que reúne y limpia el grano.
Exportador mexicano. Envía las habas a la UE.
Importador en la UE. Presenta la DDS Presenta la DDS antes de vender el producto.
Industria en la UE. Transforma el grano.
Qué te van a pedir
- La ubicación del cultivo de origen de la soya de cada lote.
Cómo te ayudamos
Revisamos si tu exportación cae en la norma. Si cae, ordenamos los datos del cultivo de origen de cada lote y los dejamos listos para la DDS.
Agenda tu llamada con Geometría
Revisamos tu caso: tu materia, la fecha que te aplica y qué datos te faltan.
En la llamada revisamos tu caso: tu materia, la fecha que te aplica y qué datos te faltan para cumplir a tiempo.